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Frecuencia Digital

lunes, 09 de abril de 2007
En la COPE se temen que vuelvan a internar dejarles sin frecuencias en Catalunya

ImagenLa defensa de la cadena COPE argumenta en su recurso de casación contra la sentencia que condenó a Federico Jiménez Losantos por sus comentarios sobre dirigentes de ERC, que una sentencia condenatoria contra la emisora "podría significar la no renovación automática" de su concesión.

La Audiencia de Barcelona condenó a la COPE y a Federico Jiménez Losantos a indemnizar con 60.000 euros a los líderes de ERC Josep-Lluis Carod-Rovira y Joan Puigcercos porque el locutor comparó a este partido con ETA, tras la reunión de Carod-Rovira con la cúpula de ETA en Perpiñán el 4 de enero de 2004.

ERC ha hecho público hoy el texto del recurso de casación presentado por los abogados de la COPE y de Jiménez Losantos en el que se hace referencia a la Ley 31/1987 sobre ordenación de las telecomunicaciones.

"La firmeza - dice el recurso- de una sentencia condenatoria contra la emisora podría significar la no renovación automática de su concesión", ya que la mencionada ley prevé la no renovación de una concesión en el caso de que su titular "haya sido condenado mediante sentencia firme por vulnerar algún derecho fundamental".

En el recurso, la defensa de la COPE argumenta también que la Audiencia Provincial en su sentencia condenatoria "ha vulnerado el artículo 20.1. de la Constitución que reconoce el derecho fundamental a la libertad de expresión".
Para la defensa de la emisora, la sentencia "privilegia la protección del derecho al honor de un partido político y de algunos de sus dirigentes sobre el derecho a la libertad de expresión".

Otro de los argumentos esgrimidos en el recurso es que considera "inadmisible" que la Audiencia Provincial de Barcelona requiera que "las opiniones y expresiones vertidas por mi mandante se realicen de forma objetiva y prudente".
En este sentido, el recurso abunda que "jamás se había calificado el ejercicio de la libertad de expresión, en sede jurisprudencial, como 'prudente' ".

"La prudencia - se arguye en el recurso- conduciría a un recorte de libertades propio de un régimen totalitario, que todavía muchos recordamos que ha existido, y que exigía prudencia a los medios de comunicación".

La defensa argumenta que las críticas de Jiménez Losantos a los dirigentes de ERC se han a referido siempre al ejercicio de sus funciones públicas y recuerda que, según el Tribunal Constitucional, "las personas públicas deben soportar, en su condición de tales, lo que se diga en el ejercicio de sus funciones".

Yahoo noticias / guiadelaradio.com

Publicado por Mario_30 a las 14:51 | Radio | Enviar

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