El Juzgado de Primera Instancia Nº 43 de Madrid ha dictado un auto, de fecha 1 de abril de 2005, mediante el cual rechaza la pretensión de la operadora de telecomunicaciones Auna para que se procediera a ejecutar provisionalmente un laudo arbitral dictado, el pasado 1 de junio de 2004, por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones y recurrido ante la Audiencia Provincial por Sogecable. Dicho laudo admitía la solicitud de Auna para acceder a los canales de deportes de Canal+ .
La CMT ya rechazó, el 1 de junio de 2004, la pretensión de Auna sobre su acceso a Canal+ y Canal+ Cine, reconociendo la exclusividad de Sogecable sobre estos canales. La mencionada resolución reconocía que Sogecable cumplía con las condiciones impuestas por el Gobierno ante la integración de Vía Digital al ofrecer el Canal Gran Vía a aquellos operadores que quisieran contratar un canal premium.
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